Desde que comenzó la pandemia, son varios los artículos que hemos redactado en nuestro blog sobre cómo está influyendo el COVID-19 en el mercado inmobiliario.
Siguiendo esta línea, vamos a tratar un nuevo tema: la “cláusula COVID” en el arrendamiento de la vivienda.
Cómo afecta la «cláusula COVID» al alquiler
¿Qué es?
La finalidad principal de esta inclusión es que el inquilino pueda abandonar la propiedad sin ninguna penalización y que el propietario pueda disponer, nuevamente, del inmueble.
Esta cláusula debe incorporarse como anexo al contrato de alquiler y en ella se recoge la cantidad que el inquilino deberá pagar en caso de abandonar el piso de manera anticipada al producirse un nuevo confinamiento o pandemia.
Antes de la firma del documento, el arrendador deberá acordar con el arrendatario la cantidad a percibir, que suele situarse sobre el 60% de la renta habitual.
Pero la idea, que parece muy positiva, ya ha encontrado a algunos detractores.
Beneficios e inconvenientes:
Algunos sostienen que no tiene sentido, ya que la actual Ley de Arrendamientos permite que el arrendatario cancele su contrato antes del vencimiento siempre y cuando hayan transcurrido seis meses desde el momento de la firma.
Otros indican que el abandono del hogar no se produce nunca de manera voluntaria por parte del inquilino. Si una persona carece del dinero para hacer frente a la cuota, suele negociar una rebaja o una moratoria, pero la opción de abandonar el piso es, generalmente, la última alternativa.
En los únicos casos en los que puede tener una aplicación más práctica es en el alquiler oficinas y despachos o en el de habitaciones a estudiantes.
En este último es especialmente interesante, ya que muchos jóvenes encuentran un pequeño alivio mediante el cual, si las cosas van mal, no se ven obligados a cumplir la totalidad del contrato e incurrir en pagos que no puedan afrontar. Con ello, parece que el arrendador también sale beneficiado, ya que dispondría nuevamente de la propiedad y podría rentabilizarla.
De momento, tendremos que esperar un poco más para saber si la “cláusula COVID” en los contratos de alquiler viene o no para quedarse.